Si usted se encuentra en los Estados Unidos indocumentado, usted se preguntará si debe presentarse ante la corte de inmigración. O bien, si usted ya sabe que tiene que presentarse para una audiencia preliminar, entonces se preguntara que es lo que debe hacer. En este articulo le explicamos en que consiste la audiencia preliminar en la corte de inmigración y respondemos a las preguntas más comunes que con frecuencia nos hacen los clientes.
El propósito de la audiencia preliminar
Cuando una persona está en los Estados Unidos sin autorización o ha violado los términos de su estatus migratorio, a veces el gobierno coloca a esa persona en lo que se conoce como proceso de remoción o deportación.
La audiencia de calendario maestro o audiencia preliminar es la primera audiencia en ese proceso de remoción y tiene como propósito informar a la persona que ha violado la ley de inmigración cuales son los cargos en contra y darle la posibilidad de responder a esos cargos.
¿Como se si debo asistir a una audiencia con al corte de inmigración?
Para saber si usted tiene que asistir a la corte de inmigración, usted debe saber su número A. El numero A es un numero de 9 dígitos que puede encontrar en sus papeles de inmigración, especialmente en un documento llamado “Notice to Appear.”
Con ese número A, usted puede visitar el sitio web https://acis.eoir.justice.gov/en/, o bien, llamar al 1-800-898-7180 y verificar cuál es su próxima fecha de corte, donde debe presentarse, y quien es el juez que está a cargo de su caso.
Si bien el documento “Notice to Appear” dice cual es la fecha de su próxima corte al pie de la primera página, así como también lo hace el documento que se llama “Notice of Hearing in Removal Proceedings” que usted puede haber recibido, es importante chequear la página web indicada o llamar al número de referencia para estar seguro que la fecha de audiencia no ha sido modificada.
Si usted se muda de domicilio, es muy importante avisar a la corte para que le lleguen las notificaciones correspondientes y no se pierda ninguna audiencia.
¿Debo asistir a la corte si ya fui a mi cita con ICE?
Si, usted debe asistir a la audiencia con el juez de inmigración, a pesar de haber asistido a la cita con ICE. Es importante saber que la corte de inmigración y ICE son dos agencias separadas. ICE (Immigration and Customs Enforcement) tiene como propósito hacer cumplir las leyes de inmigración mientras que la corte de inmigración tiene como propósito interpretar las leyes de inmigración a cada caso concreto.
¿Qué pasa si mi audiencia en corte se llevara a cabo fuera del estado donde vivo?
La ubicación de su audiencia preliminar dependerá de diferentes factores. Por ejemplo, podría tener una audiencia preliminar programada en el mismo estado desde el que ingresó a Estados Unidos o donde planeaba vivir cuando ingreso. En otras ocasiones, su audiencia preliminar podría programarse en la jurisdicción donde reside su patrocinador, si tiene uno. Si su próxima audiencia preliminar está programada en un estado diferente al suyo, es recomendable trasladar su caso de inmigración al tribunal más cercano.
Para hacer eso, usted debe cambiar su domicilio con la corte completando el formulario EOIR-33 y además presentar una Petición parta Pedir el Traslado de la Corte. Es recomendable contratar a un abogado de inmigración para que realice este trámite por usted a fin de evitar contratiempos y demoras que podrían perjudicar su caso de inmigración. Los pedidos frente a la corte de inmigración deben cumplir con ciertos requisitos y formatos y es mejor contratar a alguien con experiencia para que lo haga por usted.
Si usted no quiere o no puede presentar la petición para pedir el traslado de la corte, otra opción sería pedir al juez que le permita presentarse a la audiencia de manera virtual, o bien, viajar al estado en donde se llevara a cabo la audiencia en corte.
¿Que pasara durante mi audiencia preliminar?
La audiencia preliminar ante la corte de inmigración es una audiencia a la cual asisten varias personas y que dura entre 5 y 20 minutos. Durante la audiencia preliminar estarán presentes el juez, el abogado del gobierno y usted, junto a su abogado (si tiene uno).
Durante la audiencia preliminar, el juez le informara cuales son sus derechos y obligaciones durante el proceso de remoción y se asegurara de que usted entienda el contenido del “Notice to Appear” que son los cargos en contra suyo por haber violado las leyes de inmigración. Ahí usted tendrá la oportunidad de explicarle al juez porque no puede regresar a su país. Algunas de las defensas posibles frente al proceso de remoción son el asilo, la cancelación de la deportación, la suspensión de la deportación, la protección bajo la Convención contra la Tortura, o si usted califica para una tarjeta verde.
Luego de que usted contesta a los alegatos, es decir, que admita o deniegue los cargos en contra suyo, el juez dirá a qué país usted deberá ser deportado y le dará fechas límites para presentar su defensa y defender su caso frente a la corte.
¿Me van a asignar un abogado de inmigración?
No. Aunque es su derecho contar con un abogado que lo represente durante el proceso de deportación, el gobierno no le asignará uno, sino que usted deberá contratar a un abogado de inmigración por su cuenta.
A diferencia del proceso criminal donde el gobierno le asigna a uno un defensor público, el proceso de deportación es de naturaleza civil y por lo tanto usted no contara con ese derecho. Sin embargo, hay muchas organizaciones sin fines de lucro que proveen asesoramiento legal gratis o a bajo costo.
Aunque usted puede representarse solo durante el proceso de deportación, es muy difícil ganar un caso frente a la corte de inmigración sin asesoramiento porque las leyes de inmigración son complejas y cambian constantemente.
¿Debo presentar mi aplicación durante la audiencia preliminar?
No, usted no está obligado a presentar su aplicación para la fecha de la audiencia preliminar, aunque puede hacerlo si quiere, inclusive antes de la audiencia. Muchas personas que consultan con nuestra oficina creen, por ejemplo, que deben aplicar para el asilo en la audiencia preliminar y eso no es correcto. Lo que usted debe tener listo para la fecha de la audiencia preliminar es un plan de defensa frente a su proceso de deportación. Luego de explicarle al juez cual va a ser su defensa, el juez le dará una fecha límite, habitualmente 60 días, para presentar su aplicación.
¿Puedo ser deportado durante la audiencia preliminar?
No, generalmente las personas no son deportadas durante la audiencia preliminar. Sin embargo, si usted no se presenta a la audiencia preliminar, el juez puede ordenar lo que se conoce como “orden de deportación en ausencia” sin que usted tenga la posibilidad de responder a los cargos en contra suyo. Por ese motivo es muy importante asistir a la audiencia preliminar con la corte de inmigración.
¿Que pasara luego de la audiencia preliminar?
Luego de que transcurra la audiencia preliminar, el juez programará lo que se llama una audiencia final. Esa audiencia puede ser programada en los próximos meses o años. Durante la audiencia final, usted tendrá la posibilidad de declarar frente al juez y defender su caso, por ejemplo, de asilo o de cancelación de la deportación, entre otros.
Además de escucharlo a usted, el juez analizará la evidencia en su caso, escuchará a los testigos que usted tenga, y luego tomará una decisión acerca de su estatus migratorio. Si el juez decide ordenarle la deportación, usted tendrá derecho a apelar esa decisión frente a la Junta de Apelación de Inmigración.
¿Por qué contratar a un abogado de inmigración es importante?
Defenderse de un proceso de inmigración sin la ayuda de un abogado de inmigración con experiencia puede ser muy difícil y abrumador. Por ejemplo, las estadísticas indican que las chances de ganar un caso de asilo con abogado son cinco veces mayores que sin abogado. Un abogado de inmigración con experiencia lo puede acompañar en el proceso desde la audiencia preliminar hasta la etapa de apelación frente a la Junta de Inmigración, garantizándole que sus derechos sean respetados. En Bienvenidos Law Firm, Inc. contamos con más de 25 años de experiencia en casos de inmigración. Llámenos al 763-951-2235 o escribamos a blf@bienvenidoslaw.com para agendar una cita!
